FONDOS DE INVERSIÓN

Las sociedades de inversión colectiva debidamente autorizadas y registradas en la CNMV o equivalente en el país de origen, reúnen el capital aportado por un gran número de pequeños inversores con el fin de invertirlo en diversos activos (valores, mercados monetarios, bienes inmuebles, etc.) siguiendo el principio de diversificación del riesgo.
Fondo de inversión es el dinero aportado por los inversores y los activos adquiridos con estas aportaciones. Cada fondo suele emitir un folleto con información vinculante referida a los términos y condiciones contractuales así como a la política de inversiones seguida en las adquisiciones de activos.

RIESGOS BÁSICOS INHERENTES A LAS INVERSIONES

Describiremos a continuación aquellas relaciones económicas que pueden llevar a cambios importantes en el valor de nuestras inversiones:

1. Riesgos relacionados con el ciclo económico

2. Riesgo de inflación.

3. Riesgo país y riesgo de transferencia.

4. Riesgo de cambio.

5. Riesgo de liquidez.

6. Riesgo psicológico de mercado.

7. Riesgo de adquisición financiada mediante préstamo.

8. Riesgos fiscales.

9. Otros riesgos básicos.

10. Repercusión de gastos sobre expectativas de beneficios.


1. RIESGOS RELACIONADOS CON EL CICLO ECONÓMICO. Serían los riegos de pérdidas de precio consecuencia de los cambios de ciclo económico y que los inversores no tenemos en cuenta a la hora de tomar las decisiones de inversión.

2. RIESGO DE INFLACIÓN
. Todo inversor sufre una pérdida financiera como consecuencia de la caída del valor del dinero (inflación). Debido a ella el valor real de los activos en los que hemos invertido, así como las rentas que generen se encuentran expuestos a este riesgo.

3. RIESGO PAIS Y DE TRANSFERENCIA
. El riesgo país viene representado por la inestabilidad económica y/o política. Los pagos y transferencias de dinero a los que nuestras inversiones tuvieran derecho podrían no realizarse a consecuencia de una falta de cambio de divisas o por una limitación impuesta a las transferencias de divisa al extranjero.

4. RIESGO DE CAMBIO
. Los inversores están expuestos al riesgo de cambio si poseen valores o participaciones en fondos denominados en moneda extranjera y ésta se devaluase. Por consiguiente, los valores o participaciones extranjeras, además del riesgo de caída de precio inherente a cualquier valor, se encontrarían expuestos al riesgo de cambio de la moneda en la que estén denominados.

5. RIESGO DE LIQUIDEZ
. La liquidez sería la posibilidad que un inversor tiene de vender sus activos en cualquier momento a un precio de mercado justo. La falta de liquidez suele ser debida a desajustes entre la oferta y la demanda o también a las características de valor o las prácticas de determinados mercados. Como ejemplos de esto último, en Francia o Italia, el período de liquidación obligatorio puede ser de hasta 6 semanas, por lo que si vendemos un valor no dispondremos de liquidez hasta pasar ese período. En España, país en el que las liquidaciones se hacen en el día, tendremos que esperar meses, sin embargo, para la aceptación a negociación de nuevas emisiones, no pudiendo, mientras tanto, vender nuestros valores.

6. RIESGO PSICOLÓGICO DEL MERCADO
. Con mayor frecuencia de la debida hay factores irracionales que repercuten en la evolución general de los precios de la bolsa. Estados de ánimo, opiniones, rumores, pueden dar como resultado caídas significativas de los precios, aunque los beneficios y situación de las empresas cotizadas no haya empeorado. Este riesgo psicológico podemos detectarlo especialmente en las acciones cotizadas en los distintos mercados.

7. RIESGO DE ADQUISICIÓN FINANCIADA MEDIANTE PRÉSTAMO
. La utilización de una cartera de valores como garantía para un préstamo es uno de los posibles medios de conservar nuestra liquidez y libertad de acción como inversores. No obstante, aún estando dispuestos a aceptar un nivel alto de riesgo, nuestras adquisiciones mediante préstamos no debieran superar una cierta proporción de la inversión. Sólo así podremos asegurarnos de no tener que vender valores durante un fuerte bajón del mercado para tener que hacer frente a nuestras necesidades de liquidez.

8. RIESGOS FISCALES
. Como inversores interesados en los rendimientos, deberíamos tener en cuenta el tratamiento fiscal de nuestras inversiones de capital. Sobre inversiones de valores extranjeros o cotizantes en otros mercados se cierne el riesgo de doble imposición. Hemos de informarnos, pues, de si hay algún convenio de doble imposición y, si fuese el caso reclamar la retención en origen. Otro de los riesgos fiscales sería la incertidumbre que rodea el tratamiento fiscal de las formas innovadoras o nuevos productos de inversión. Al adquirir productos innovadores estamos asumiendo el riesgo de que, un cambio desfavorable de la normativa fiscal durante la vida de la inversión, no nos depare los rendimientos previstos. Y por último, los cambios de legislación fiscal en un país pueden tener una repercusión positiva o negativa sobre los mercados de capitales.

9. OTROS RIESGOS BÁSICOS
:

9.1 RIESGO DE INFORMACIÓN
. En la toma de decisiones para materializar nuestras inversiones podemos llegar a tomar malas decisiones como consecuencia de una incompleta o incorrecta información o una ausencia de la misma. Las informaciones incorrectas suelen proceder de fuentes poco fiables, de errores en la transmisión o de una incorrecta interpretación de las mismas. Otros riesgos relacionados con la información vendrían dados por la disponibilidad excesiva o exigua de la misma, o también por no encontrase ésta actualizada.

9.2 RIESGO DE TRANSMISIÓN
. Son los riesgos a los que estamos sometidos cada vez que damos órdenes de compra o venta de valores. Depende en gran medida de los inversores, dando las instrucciones precisas para la ejecución de esas órdenes, reducir al mínimo el riesgo de transmisión.

9.3 RIESGO QUE IMPLICA CUSTODIAR UNO MISMO LOS VALORES
.
Si uno desea conservar en su custodia los valores adquiridos ha de tener en cuenta que si se extravían o desaparecen como consecuencia de robo o incendio, será preciso entablar un procedimiento de notificación a través de los tribunales, que puede acarrear importantes gastos y tardar varios años antes de obtener los nuevos certificados de valores. Otro de los riesgos de la propia custodia es el referido al olvido de fechas clave para la ejercitación de derechos económicos o administrativos.

10. REPERCUSIÓN DE GASTOS SOBRE EXPECTATIVAS DE BENEFICIOS
.
Por último no podemos olvidarnos de algo que no se cataloga habitualmente como un riesgo y que puede comerse la mayor parte de los beneficios y nos referimos a los gastos que por todos los conceptos nos ocasionas nuestras inversiones desde los operativos hasta los de financiación, pasando por las comisiones, gestión, administración y más si los hubiere.

ACCIONES

ACCIONES.

Una acción es un documento de propiedad o bien una anotación en cuenta que plasma los derechos del accionista sobre una sociedad anónima. El accionista participa así en el capital social y posee un derecho compartido sobre todos los activos de la sociedad de la que es accionista.
Como principios básicos de esta participación hemos de señalar que:
El accionista es un participante (copropietario) en la sociedad, no un acreedor. No tiene por tanto sólo derechos, sino también ciertas obligaciones.
El valor nominal representa solo una parte del capital social. El valor de mercado de una acción suele diferir del valor nominal y viene dado por la oferta y la demanda, marcando éstas las incrementos y depreciaciones del valor de los activos de la sociedad anónima y por tanto de sus acciones.
Las ganancias de una acción proceden no sólo de los dividendos, sino también de las revalorizaciones del capital. No obstante la acción no está exenta de riesgo, ya que no están garantizadas ni las revalorizaciones del capital, ni el pago de dividendos.

DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS.

En general los derechos de los accionistas están reflejados en la Ley de Sociedades Anónimas y más explícitamente en los estatutos de la Sociedad Anónima en cuestión.
Podíamos resumirlos de la forma siguiente:

Derechos de propiedad.
1.1 Derecho a la percepción de dividendo.
1.2 Derecho de preferencia en ampliaciones.
1.3 Derecho a las acciones liberadas.

Derechos administrativos.
2.1 Derecho a participación en Junta General
2.2 Derecho a recibir información
2.3 Derecho a voto
2.4 Derecho a delegación y a ser representado.

CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES.

Las sociedades anónimas pueden emitir distintos tipos de acciones, particularmente en lo referido a los derechos que otorgan y a las características de transmisibilidad de la mismas. Según estas últimas podríamos clasificarlas en:

Acciones al portador: No están emitidas a nombre de nadie en particular, otorgan por tanto derechos al portador que las tuviere. Las acciones al portador se pueden transmitir sin ninguna formalidad especial.

Acciones nominativas: Se emiten a nombre de una persona física o jurídica. El titular de la acción se inscribe en un registro de accionistas de la sociedad.

Según los derechos que nos otorguen clasificaríamos los títulos de propiedad de una sociedad anónima en:

Acciones ordinarias: Son las acciones de tipo normal que conceden al accionista los derechos establecidos por la ley y los estatutos sociales.

Acciones preferentes: Suelen conllevar derechos de preferencia especialmente en lo referente al reparto de beneficios o en el caso de liquidación. Las acciones preferentes se pueden emitir con o sin derecho a voto, aunque lo más habitual es esto último.