ACCIONES

ACCIONES.

Una acción es un documento de propiedad o bien una anotación en cuenta que plasma los derechos del accionista sobre una sociedad anónima. El accionista participa así en el capital social y posee un derecho compartido sobre todos los activos de la sociedad de la que es accionista.
Como principios básicos de esta participación hemos de señalar que:
El accionista es un participante (copropietario) en la sociedad, no un acreedor. No tiene por tanto sólo derechos, sino también ciertas obligaciones.
El valor nominal representa solo una parte del capital social. El valor de mercado de una acción suele diferir del valor nominal y viene dado por la oferta y la demanda, marcando éstas las incrementos y depreciaciones del valor de los activos de la sociedad anónima y por tanto de sus acciones.
Las ganancias de una acción proceden no sólo de los dividendos, sino también de las revalorizaciones del capital. No obstante la acción no está exenta de riesgo, ya que no están garantizadas ni las revalorizaciones del capital, ni el pago de dividendos.

DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS.

En general los derechos de los accionistas están reflejados en la Ley de Sociedades Anónimas y más explícitamente en los estatutos de la Sociedad Anónima en cuestión.
Podíamos resumirlos de la forma siguiente:

Derechos de propiedad.
1.1 Derecho a la percepción de dividendo.
1.2 Derecho de preferencia en ampliaciones.
1.3 Derecho a las acciones liberadas.

Derechos administrativos.
2.1 Derecho a participación en Junta General
2.2 Derecho a recibir información
2.3 Derecho a voto
2.4 Derecho a delegación y a ser representado.

CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES.

Las sociedades anónimas pueden emitir distintos tipos de acciones, particularmente en lo referido a los derechos que otorgan y a las características de transmisibilidad de la mismas. Según estas últimas podríamos clasificarlas en:

Acciones al portador: No están emitidas a nombre de nadie en particular, otorgan por tanto derechos al portador que las tuviere. Las acciones al portador se pueden transmitir sin ninguna formalidad especial.

Acciones nominativas: Se emiten a nombre de una persona física o jurídica. El titular de la acción se inscribe en un registro de accionistas de la sociedad.

Según los derechos que nos otorguen clasificaríamos los títulos de propiedad de una sociedad anónima en:

Acciones ordinarias: Son las acciones de tipo normal que conceden al accionista los derechos establecidos por la ley y los estatutos sociales.

Acciones preferentes: Suelen conllevar derechos de preferencia especialmente en lo referente al reparto de beneficios o en el caso de liquidación. Las acciones preferentes se pueden emitir con o sin derecho a voto, aunque lo más habitual es esto último.

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